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Calculadora de Finiquito 2026

Calcula tu liquidación laboral: salario pendiente, vacaciones, pagas extras e indemnización.

Cálculo orientativo basado en el Estatuto de los Trabajadores vigente. Consulta con un abogado laboral para casos específicos.

Tu Finiquito Estimado

Antigüedad: 6.18 años

Antigüedad

Tiempo transcurrido desde el alta en la empresa hasta la fecha de cese. Determina la cuantía de la indemnización por despido y se mide en años naturales con prorrata por meses. Si pasaste por excedencias, esos periodos no cuentan.

· Salario diario: 76,71 €

Salario regulador

Base sobre la que se calcula la indemnización por despido. Incluye salario base + complementos fijos + parte proporcional de pagas extras. Se calcula como salario bruto anual ÷ 365 para obtener el salario diario regulador.

ConceptoImporte
Salario días pendientes Días trabajados en el mes de cese1457,53 €
Vacaciones no disfrutadas 1.4 días pendientes108,24 €
Pagas extras prorrateadas Parte proporcional devengada861,88 €
Indemnización 33 días/año (máx. 24 meses)15.646,79 €
TOTAL BRUTO18.074,44 €

⚠️ Esta es una estimación bruta. Al importe total se le aplicarán retenciones de IRPF y cotizaciones de Seguridad Social. La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta ciertos límites legales.

Indemnización exenta de IRPF

La indemnización por despido improcedente u objetivo está exenta de IRPF hasta los topes legales (33 o 20 días/año, máx. 24 o 12 meses respectivamente). El exceso sobre esos límites sí tributa como rendimiento del trabajo.

Fuente: Art. 7.e LIRPF

Los resultados son estimaciones orientativas basadas en la normativa vigente y no constituyen asesoramiento financiero, fiscal ni legal. Consulta con un profesional cualificado antes de tomar decisiones.

Fuentes: BOE · Agencia Tributaria · Seguridad Social · Datos actualizados a 2026.

En resumen

  • El finiquito incluye salario pendiente, vacaciones no disfrutadas (2,5 días/mes) y la parte proporcional de pagas extras.
  • La indemnización por despido improcedente es de 33 días por año trabajado (máximo 24 mensualidades); por despido objetivo, 20 días/año (máximo 12 mensualidades).
  • En caso de baja voluntaria no hay indemnización, pero sí derecho a finiquito (salario, vacaciones y pagas extras pendientes).
  • La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta los límites legales; el resto del finiquito tributa como rendimiento del trabajo.

¿Cómo se calcula un finiquito en España?

El finiquito es la liquidación económica que la empresa debe abonar al trabajador cuando finaliza la relación laboral. Incluye todos los importes pendientes de cobro:

  • Salario pendiente: Los días trabajados en el mes de cese.
  • Vacaciones no disfrutadas: Se generan 2,5 días por mes trabajado (30 días naturales/año).
  • Pagas extras: Si tienes 14 pagas, la parte proporcional devengada desde el último pago.
  • Indemnización: Solo en despidos (no en baja voluntaria).

Tipos de indemnización

Tipo de extinciónIndemnizaciónTope
Baja voluntaria0 días
Despido improcedente33 días/año24 mensualidades
Despido objetivo20 días/año12 mensualidades
Fin contrato temporal12 días/añoSin tope
ERE20 días/año12 mensualidades

Preguntas Frecuentes

¿Qué incluye el finiquito?

El finiquito incluye: salario de los días trabajados en el último mes, vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de pagas extras (si son 14 pagas) y, en su caso, la indemnización correspondiente al tipo de despido.

¿El finiquito se cobra siempre?

Sí, el finiquito se cobra siempre que finaliza una relación laboral, independientemente del motivo (baja voluntaria, despido, fin de contrato temporal, etc.). Lo que varía es si hay indemnización adicional o no.

¿Cuánto pagan por despido improcedente?

La indemnización por despido improcedente en España es de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Se prorratea por meses para períodos inferiores al año.

¿El finiquito paga impuestos?

El salario pendiente, vacaciones y pagas extras tributan como rendimientos del trabajo (IRPF + Seguridad Social). Sin embargo, la indemnización por despido está exenta de IRPF hasta los límites legales establecidos.

¿Qué es el preaviso de 15 días?

En caso de despido objetivo, la empresa debe preavisar al trabajador con 15 días de antelación. Si no lo hace, debe compensar económicamente esos 15 días como parte de la liquidación.