Resultado para por ERE
- Total bruto
- 10.431,5€
- Indemnización
- 7423,53€
- Vacaciones
- 342,84€
- Salario diario
- 68,49€
Comparativa rápida con variantes cercanas
| Variante | Total bruto |
|---|---|
| por Fin de Contrato Temporal | 7462,08 € |
| por ERE (actual) | 10.431,5 € |
| con 3 Años de Antigüedad | 10.736,24 € |
| por Despido Objetivo | 11.458,89 € |
Finiquito — por ERE
Finiquito por ere: indemnización 7424€ + salario, vacaciones y pagas pendientes (5,4 años, 25.000€ brutos). Cálculo según el ET 2026.
Cálculo orientativo basado en el Estatuto de los Trabajadores vigente. Consulta con un abogado laboral para casos específicos.
Tu Finiquito Estimado
Antigüedad: 6.18 años Antigüedad Tiempo transcurrido desde el alta en la empresa hasta la fecha de cese. Determina la cuantía de la indemnización por despido y se mide en años naturales con prorrata por meses. Si pasaste por excedencias, esos periodos no cuentan. Salario regulador Base sobre la que se calcula la indemnización por despido. Incluye salario base + complementos fijos + parte proporcional de pagas extras. Se calcula como salario bruto anual ÷ 365 para obtener el salario diario regulador.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Salario días pendientes Días trabajados en el mes de cese | 1457,53 € |
| Vacaciones no disfrutadas 1.4 días pendientes | 108,24 € |
| Pagas extras prorrateadas Parte proporcional devengada | 861,88 € |
| Indemnización 20 días/año (máx. 12 meses) | 9482,90 € |
| TOTAL BRUTO | 11.910,56 € |
⚠️ Esta es una estimación bruta. Al importe total se le aplicarán retenciones de IRPF y cotizaciones de Seguridad Social.
La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta ciertos límites legales. Indemnización exenta de IRPF La indemnización por despido improcedente u objetivo está exenta de IRPF hasta los topes legales (33 o 20 días/año, máx. 24 o 12 meses respectivamente). El exceso sobre esos límites sí tributa como rendimiento del trabajo. Fuente: Art. 7.e LIRPF
Los resultados son estimaciones orientativas basadas en la normativa vigente y no constituyen asesoramiento financiero, fiscal ni legal. Consulta con un profesional cualificado antes de tomar decisiones.
Fuentes: BOE · Agencia Tributaria · Seguridad Social · Datos actualizados a 2026.
ERE (Expediente de Regulación de Empleo): qué es y cómo funciona
Un ERE es un procedimiento de despido colectivo (art. 51 ET) que afecta a un número mínimo de trabajadores según el tamaño de la empresa. La indemnización mínima legal es de 20 días de salario por año (máx. 12 mensualidades), igual que el despido objetivo. Con 25.000€ brutos y 5,4 años: 7424€.
Desglose del finiquito en un ERE
Finiquito bruto total: 10.432€. Incluye: salario devengado (1027€), vacaciones pendientes (343€), pagas extras (1638€) e indemnización (7424€). En la práctica, los ERE negociados con los sindicatos suelen mejorar la indemnización mínima (30-40 días/año es habitual en grandes empresas).
ERE negociado vs legal: ¿cuánto más puedo cobrar?
Si el comité de empresa negociase una mejora a 33 días/año, tu indemnización subiría a 12.249€ (4825€ más). Los ERE también pueden incluir plan de recolocación obligatorio para empresas con más de 50 trabajadores, convenios especiales con la Seguridad Social y prejubilaciones.
Fiscalidad y desempleo en un ERE
La indemnización del ERE está exenta de IRPF hasta 20 días/año (máx. 180.000€). El exceso negociado tributa como rendimiento del trabajo, aunque puede aplicarse la reducción del 30% por rentas irregulares si se cobra en un solo ejercicio. Tienes derecho al paro por la totalidad de tu cotización.
Preguntas Frecuentes
¿Cuánto se cobra en un ERE?
El mínimo legal es 20 días/año (máx. 12 mensualidades): 7424€ en este caso. Pero en ERE negociados con sindicatos las empresas suelen mejorar la oferta: 30-45 días/año es habitual en grandes empresas. A 33 días/año serían 12.249€.
¿Puedo negarme a un ERE?
No puedes rechazar un ERE autorizado, pero sí impugnarlo individualmente si consideras que la selección de afectados es discriminatoria o que las causas no se justifican. También puedes impugnar colectivamente a través de los representantes de los trabajadores.
¿Qué pasa con el paro después de un ERE?
El ERE da derecho a la prestación por desempleo completa. En empresas con más de 50 trabajadores, el ERE debe incluir un plan de recolocación externo. Si tienes más de 55 años, puedes solicitar un convenio especial con la Seguridad Social para que la empresa siga cotizando hasta tu jubilación.
Herramienta completa: Calculadora de Finiquito