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Derecho Laboral

Salario en Especie

Cualquier aportación no dineraria (vehículo de empresa, vivienda, seguro médico) que la empresa entrega al trabajador como parte de su remuneración, computando como renta a efectos del IRPF salvo exención expresa.

Salario en Especie

El Salario en Especie o Retribución en Especie comprende toda contraprestación salarial no dineraria (es decir, que no se entrega en efectivo o mediante transferencia bancaria) que reciba el empleado por su trabajo, como la cesión de un coche de empresa, el pago del alquiler de una vivienda, el seguro médico o el abono de cursos de formación no obligatorios. Estos bienes y servicios forman parte indivisible del salario del trabajador, debiendo estar valorados económicamente para su cotización y tributación.

Limitaciones y Tributación (E-E-A-T): El Estatuto de los Trabajadores en España establece que el salario en especie nunca podrá superar el 30% del total de las percepciones salariales del trabajador ni puede mermar el abono de la cuantía fijada como Salario Mínimo Interprofesional en dinero. Tributariamente, salvo los productos exentos incluidos en planes de Retribución Flexible, el salario en especie incrementa la base imponible del IRPF. La empresa está obligada a calcular el “ingreso a cuenta” (el IRPF equivalente sobre ese bien que entrega) y decidir si se lo repercute económicamente al trabajador deduciéndolo de su nómina monetaria o si lo asume como un mayor coste salarial.

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