Contrato de Arras
El contrato de arras es un acuerdo privado en el que comprador y vendedor pactan la reserva de una compraventa inmobiliaria. El comprador entrega una cantidad (normalmente el 5-10% del precio) como señal, y se fijan las condiciones: precio final, plazo para escriturar y penalizaciones.
Tres tipos de arras en España:
| Tipo | Base legal | ¿Se puede desistir? | Consecuencia |
|---|---|---|---|
| Penitenciales | Art. 1454 CC | Sí (las más comunes) | Comprador pierde la señal; vendedor devuelve el doble |
| Confirmatorias | Jurisprudencia | No | Son un anticipo a cuenta del precio, sin desistimiento |
| Penales | Jurisprudencia | No (salvo fuerza mayor) | Se puede exigir el cumplimiento en tribunales |
Las arras penitenciales son las más habituales en compraventa de vivienda. Si el comprador no consigue hipoteca o se echa atrás, pierde la señal. Si el vendedor cancela la operación, debe devolver el doble de la cantidad recibida.