AJD: quién paga, cuánto cuesta y tipos por comunidad autónoma
El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) grava los documentos notariales que tienen acceso al Registro de la Propiedad o Mercantil. Forma parte del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, regulado por el Real Decreto Legislativo 1/1993. Su tipo impositivo varía según la comunidad autónoma donde radique el inmueble.
Tipos de AJD por comunidad autónoma
| Comunidad Autónoma | Tipo general AJD |
|---|---|
| Madrid | 0,75% |
| Cataluña | 1,50% |
| Andalucía | 1,20% |
| Comunidad Valenciana | 1,50% |
| País Vasco (territorio común) | 0,50% |
| Galicia | 1,50% |
| Castilla y León | 1,50% |
| Canarias | 0,75% |
| Aragón | 1,50% |
| Resto de CCAA | 0,75% - 1,50% |
Cambio introducido por la Ley 5/2019
Antes de junio de 2019, el AJD de la escritura hipotecaria lo pagaba el comprador. Tras la sentencia del Tribunal Supremo de noviembre de 2018 y la posterior Ley 5/2019 reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, el sujeto pasivo del AJD en escrituras de préstamo hipotecario pasó a ser la entidad prestamista (el banco). El comprador sigue pagando el AJD de la escritura de compraventa cuando esta tributa por AJD en lugar de por ITP (por ejemplo, vivienda nueva sujeta a IVA).
Ejemplo práctico: hipoteca de 200.000 EUR
- En Madrid (0,75%): 200.000 x 0,75% = 1.500 EUR (lo paga el banco).
- En Cataluña (1,50%): 200.000 x 1,50% = 3.000 EUR (lo paga el banco).
Si la compraventa de vivienda nueva tributa por IVA (10%), el comprador abona adicionalmente el AJD sobre el precio escriturado. Para una vivienda de 250.000 EUR en Cataluña: 250.000 x 1,50% = 3.750 EUR a cargo del comprador.
Compatibilidad con el ITP
AJD e ITP son mutuamente excluyentes para una misma operación. La vivienda de segunda mano tributa por ITP (6-10% según CCAA), mientras que la vivienda nueva tributa por IVA + AJD. No se pagan ambos impuestos simultáneamente sobre la escritura de compraventa.
Otros documentos sujetos a AJD
Además de hipotecas y compraventas de obra nueva, el AJD se aplica a novaciones hipotecarias, ampliaciones de capital de escritura pública, declaraciones de obra nueva y divisiones horizontales. En todos estos casos, la base imponible es el valor declarado en el documento notarial.