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General

IAE (Impuesto de Actividades Económicas)

Tributo municipal sobre actividades empresariales, profesionales o artísticas. Exentos: 2 primeros años y entidades con facturación bajo 1.000.000 €.

IAE: Impuesto de Actividades Económicas en España

El IAE (Impuesto de Actividades Económicas) es un tributo local de carácter directo que grava el mero ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas en territorio español. Se regula en los artículos 78 a 91 del Real Decreto Legislativo 2/2004 (Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales).

Quién paga el IAE y quién está exento

La característica principal del IAE es que la mayoría de contribuyentes están exentos:

Sujeto¿Paga IAE?Base legal
Personas físicas (autónomos)No, exentos siempreArt. 82.1.c TRLHL
Sociedades en sus 2 primeros añosNo, exentasArt. 82.1.b TRLHL
Sociedades con cifra de negocio < 1.000.000 €No, exentasArt. 82.1.c TRLHL
Sociedades con cifra de negocio ≥ 1.000.000 €Art. 82 TRLHL

En la práctica, solo las grandes empresas y grupos societarios con facturación superior al millón de euros están obligadas al pago efectivo del impuesto. No obstante, todos los sujetos pasivos (incluidos los exentos) deben darse de alta en el censo del IAE comunicando su epígrafe de actividad a la AEAT.

Cálculo de la cuota

La cuota del IAE se determina a partir de tres elementos:

Obligaciones formales

Términos relacionados

Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento financiero ni legal.

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